Acogida y parentesco

Acogimiento familiar y parentesco Abogados

¿Qué es la acogida?

La acogida es la colocación de un niño en hogares de guarda autorizados cuando sus padres no pueden cuidarlo. La acogida puede ser de unas pocas horas o de larga duración, hasta que el niño alcanza la edad adulta. Antes de convertirse en acogedor, un trabajador social debe realizar una evaluación.

¿Qué es la acogida por familiares?

El acogimiento por familiares es aquel en el que el niño vive con parientes o amigos íntimos de la familia cuando los padres no pueden cuidar de él. Puede tratarse de un acuerdo familiar privado o de un acuerdo más formal, como se explica a continuación.

National Care Leavers Week

Nuestro enfoque

Nos comprometemos a ofrecerle el mejor asesoramiento para su situación. Nuestro asesoramiento es de gran alcance y puede abarcar lo siguiente:

  • Podemos asesorarle en relación con el marco jurídico y los posibles problemas que puede encontrar como cuidador de acogida, desde el proceso de evaluación y aprobación hasta qué hacer cuando no se le ha recomendado como cuidador de acogida o se le ha comunicado que se le va a dar de baja.
  • Podemos asesorarle si está pensando en adoptar o en solicitar una orden de tutela especial para un menor que tiene en acogida.
  • Podemos asesorarle si la autoridad local pretende retirar o ya ha retirado a un menor acogido de su tutela.
  • Podemos asesorarle en relación con las ayudas a las que tiene derecho, económicas o de otro tipo.
  • Podemos asesorarle sobre qué tipo de orden puede ser la más adecuada para sus circunstancias y guiarle en el proceso de obtención de la orden.

Statutory Guidance On Kinship Feature Image

Orientaciones legales sobre el acogimiento por familiares: ¿qué hay de nuevo?

El viernes 11 de octubre de 2024, el Departamento de Educación publicó nuevas orientaciones legales para las autoridades locales de Inglaterra

Un blog de Novlet Levy.


Póngase en contacto con nuestros abogados especializados en acogida y parentesco

Si desea hablar sobre acogimiento familiar y parentesco, póngase en contacto con Goodman Ray Solicitors en 020 7608 1227 o póngase en contacto con nosotros a través de nuestro sitio web o enviándonos un correo electrónico a mail@goodmanray.com.

Preguntas frecuentes

¿En qué se diferencia la acogida de la adopción?

La principal diferencia es que la adopción transfiere permanentemente la patria potestad de los padres biológicos a los adoptivos.

¿Qué responsabilidades legales tienen los acogedores?

Los acogedores son responsables del cuidado diario del niño, pero no tienen la patria potestad sobre él. La responsabilidad parental sigue correspondiendo a los padres biológicos del niño, y a veces se comparte con la autoridad local en función de las órdenes judiciales vigentes, si las hay.

¿Qué es el relevo?

Un acogedor de respiro cuidará temporalmente a niños acogidos o con discapacidades cuando sus padres de acogida o biológicos necesiten tiempo para sí mismos. Suele ser un periodo corto, de uno o dos días a una semana.

¿Pueden recibir ayuda económica los cuidadores familiares?

Sí, los cuidadores familiares pueden recibir ayuda económica de las autoridades locales, de forma similar a los cuidadores de acogida, y también pueden acceder a asesoramiento jurídico y recursos que les ayuden con las responsabilidades del cuidado, dependiendo de la naturaleza del acuerdo. También pueden solicitar prestaciones por el menor.

Los servicios de menores deben evaluar la necesidad de servicios de apoyo, incluida la ayuda económica, si un niño estaba bajo la tutela del sistema de acogida inmediatamente antes de que se dictara o se vaya a dictar una orden de tutela especial. Si no es el caso, la evaluación de la necesidad de servicios de apoyo para la tutela especial es discrecional.

¿Qué es una orden de tutela especial?

Se pueden dictar órdenes de tutela especial a favor de alguien que no sea su progenitor, para asegurar su hogar a largo plazo hasta que cumpla 18 años. La orden otorga a los tutores especiales una mayor responsabilidad parental sobre el menor, aunque deben seguir consultando con sus padres las decisiones importantes para la vida del menor. Existen algunas restricciones, por ejemplo, un tutor especial no puede cambiar el apellido de un niño ni sacarlo del país durante más de tres meses, a menos que obtenga el consentimiento por escrito de todas las personas con responsabilidad parental. Los tutores especiales pueden tener derecho a una asignación, que se evalúa en función de los recursos económicos, así como a otras ayudas, según sea necesario.

¿Quién puede solicitar ser tutor especial?

Cualquier persona que tenga 18 años y no sea el progenitor del menor. Las solicitudes pueden ser individuales o conjuntas.

¿Hay que someterse a alguna evaluación?

El tribunal no puede dictar una orden de tutela especial sin una evaluación por parte de la autoridad local. Suele haber dos fases de evaluación: una evaluación de viabilidad es la primera fase, durante la cual un trabajador social le visitará y verá si usted parece capaz de ofrecer cuidados suficientemente buenos a un niño. El resultado de la evaluación de viabilidad determinará si debe seguir siendo evaluado como tutor especial o como persona vinculada.

¿Existe asistencia jurídica gratuita para los solicitantes de órdenes especiales de tutela?

A partir del 1 de mayo de 2023 se amplió el alcance de la asistencia jurídica gratuita en algunos casos privados de Derecho de familia, tanto para las personas con responsabilidades parentales como para los futuros tutores. La ampliación se aplica a:

- Futuros tutores que presenten solicitudes de órdenes especiales de tutela (OEC) en procedimientos privados de Derecho de familia.
- Cualquier persona con responsabilidades parentales a la hora de responder a las solicitudes de SGO

Los cambios significan que, siempre que cumpla los requisitos de elegibilidad financiera, ya no necesitará pruebas.

Quiénes somos

Nuestro equipo de acogida y parentesco